Estado de Prevención: Medida ampliada a más departamentos
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Gobierno mantiene Estado de Prevención y lo amplía a otros departamentos

El presidente Bernardo Arévalo señaló que la medida se mantendrá vigente durante 15 días.

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Acciones de las fuerzas de seguridad durante estado de Prevención en Guatemala, marzo 2026., PNC
Acciones de las fuerzas de seguridad durante estado de Prevención en Guatemala, marzo 2026. / FOTO: PNC

El Gobierno de Guatemala prorrogó por otros 15 días el Estado de Prevención para combatir el crimen organizado y lo amplió también a otras localidades, por lo que ahora son ocho de los 22 departamentos del país los que se encuentran bajo esta medida.

El presidente de la república, Bernardo Arévalo, anunció este lunes, 6 de abril, durante la conferencia de prensa "La Ronda", en el Palacio Nacional de la Cultura que el tema fue abordado esta mañana en Consejo de Ministros y destacó que la decisión de mantener la disposición es que se han tenido resultados positivos.

El estado de prevención ya estaba vigente en los departamentos de Guatemala, Escuintla, Izabal, Petén, San Marcos y Huehuetenango, por lo que se añadirán Sacatepéquez y Quetzaltenango.

Arévalomanifestó que su Gobierno continuará con esa línea estratégica de seguridad en Guatemala por considerar que incide en la reducción de los homicidios en el país y en otros esfuerzos, como los controles en las prisiones.

El ministro de la Defensa, el general Henry Sáenz, aseguró durante la misma conferencia que estas medidas son "fundamentales para fortalecer la presencia del Gobierno en los espacios donde existían vacíos de seguridad" con la finalidad también de "debilitar al crimen organizado".

Medidas que implica el Estado de Prevención

De acuerdo con información compartida por el Gobierno, el objetivo del Estado de Prevención es contar con un marco jurídico que permita continuar acciones excepcionales coordinadas de las fuerzas de seguridad del Estado en los departamentos señalados.

Las medidas se enfocan en prevenir y reprimir perturbaciones graves de la paz y del orden público por parte de integrantes de maras o pandillas, u otras actividades de violencia, conforme a las funciones constitucionales del Organismo Ejecutivo a disposición, para garantizar la protección efectiva de los derechos humanos de la población de la república de Guatemala y el orden público.

En ese sentido, durante la vigencia del Estado de Prevención se aplicarán las siguientes disposiciones:

  • Limitar la celebración de reuniones al aire libre, las manifestaciones públicas u otros espectáculos y en su caso, impedir que se lleven a cabo.
  • Disolver por la fuerza sin necesidad de conminatoria alguna, cualquier grupo, reunión o manifestación pública en la que se hiciere uso de armas o se recurriere a actos de violencia.
  • Prohibir la circulación o estacionamiento de vehículos en lugares, zonas y horas determinadas, impedir su salida fuera de poblaciones determinadas o someterlos a registro.
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